- Copia simples y legibles de los documentos de identidad de los solicitantes.
- Copia certificada del acta o partida de matrimonio de los peticionantes expedida con no más de 3 meses de antigüedad respecto de la fecha de presentación de la solicitud.
- De ser el caso, partida de nacimiento del hijo menor de edad.
- De ser el caso, copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación que establezca los regímenes de patria potestad, tenencia, alimentos y visitas, o de curatela, alimentos y vistas en caso de tener hijo menor de edad o mayor de edad con discapacidad.
- De ser el caso copia literal de la inscripción registral de la escritura pública de separación de patrimonios o de sustitución o liquidación de régimen patrimonial.
Pueden solicitar este trámite las personas que hayan contraído matrimonio con antigüedad no menor de 2 años. El matrimonio debe haber sido celebrado en la Provincia de Chiclayo o tener como último domicilio conyugal uno ubicado en la Provincia de Chiclayo.