- Solicitud debidamente firmada.
- Partida de Defunción o de la declaración judicial de muerte presunta.
- Partidas de nacimiento de los herederos.
- Partida de matrimonio
- Relación de los bienes conocidos.
- Copia del documento de identidad del solicitante.
- El solicitante debe acercarse a Notaría a pasar verificación biométrica. En caso alguna partida fuera de provincia, esta partida debe ser presentada a RENIEC para que legalicen la firma del registrador.
Las partidas deben haber sido expedidas con no más de 3 meses de antigüedad respecto de la fecha de presentación de la solicitud.